miércoles, 2 de noviembre de 2011

DIFERENCIA ENTRE SEPARACION Y DIVORCIO

 
- SEPARACIÓN: el matrimonio, o vínculo matrimonial, sigue existiendo. La separación suspende ese vínculo pero no lo disuelve. Cesan los deberes de guardarse fidelidad, vivir juntos, presunción de paternidad respecto a los hijos que la esposa pueda tener mientras la separación sea efectiva. 
        No se puede por ello contraer un nuevo matrimonio mientras se encuentra en situación de separado. 
      Cabe la reconciliación entre los cónyuges, poniéndolo en conocimiento, mediante escrito y por separado, del Juzgado que dictó la sentencia de separación. En tal caso el matrimonio recupera toda su vigencia, y queda sin efecto lo acordado en la sentencia de separación. 

- DIVORCIO: extingue el matrimonio o vínculo matrimonial. No cabe por ello la reconciliación (si ésta existe, se ha de contraer matrimonio de nuevo). 
      Una vez la sentencia de divorcio sea firme, se puede contraer matrimonio CIVIL de nuevo. Para casarse por la Iglesia, se ha de obtener la nulidad del matrimonio.

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