El Salario Mínimo Interprofesional diario será de 21,38 euros.El Salario Mínimo Interprofesional anual no será en ningún caso inferior a 8.979,60 euros (en computo anual).
Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el sueldo o salario por jornada no podrá ser inferior a 30,39 euros.
Para los empleados de hogar la cuantía mínima establecida es de 5,02 euros por hora trabajada.
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